Preguntas y Respuestas de Facturación Electrónica CFDI 3.3
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Facturación CFDI 3.3

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CFDI Nómina

Principalmente:

Ahora debes emitir un comprobante CFDI por los pagos que recibes, este comprobante se conoce como Complemento de Pago.

Clientes:

Se agrega Catálogo de Colonias y Códigos Postales

Se requiere el Régimen Fiscal con clave SAT del receptor

Productos:

Clave de Producto SAT Los catálogos los puedes descargar de http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/paginas/anexo_20_version3.3.aspx

Unidades de Medida Claves SAT

Ahora tu producto deberá contar con una clave para la unidad de medida


La identificación de la clave en el catálogo del SAT de bienes y servicios, es responsabilidad del emisor del comprobante, en razón de ser quien lo elabora y lo emite, además de ser quien conoce las características y la naturaleza del producto o servicio que amparará el mismo.

1. En el caso de que los productos que vas a vender no hayan sido objeto de transformación o industrialización es decir los compras y luego los vendes sin modificarlos, podrás utilizar en las facturas que emitas, la clave del producto que registró tu proveedor en el comprobante que te expidió por la compra.

2. Si no estás en el supuesto anterior, entonces identifica la clave especifica de tu producto, ayudándote del buscador en línea ubicado en éste portal, para ello utiliza la opción de búsqueda por palabra, ingresando una palabra que ayude a identificar tu producto o servicio.

Existe una herramienta en línea que el SAT pone a disposición para aydar al proceso de identificación de tus productos o servicios:

http://200.57.3.46:443/PyS/catPyS.aspx

Puedes descargar los catálogos tambien en:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/paginas/anexo_20_version3.3.aspx

Todos los contribuyentes por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban, por el pago de sueldos y salarios o por las retenciones de impuestos que efectúen, deben emitir factura electrónica.

Se estará ante el caso de una operación en dónde existe el pago de un anticipo, cuando se realice un pago en dónde:

a. No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir o el precio del mismo.

b. No se conoce o no se han determinado ni el bien o servicio que se va a adquirir ni el precio del mismo.

No se considera anticipo:

A. La entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito, es decir, la entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna condición, como sucede en el caso del depósito que en ocasiones se realiza por el arrendatario al arrendador para garantizar del pago de las rentas en el caso de un contrato de arrendamiento inmobiliario.

B. En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.

Procedimiento en resumen, se deben generar 3 comprobantes:

1. Emisión de la factura electrónica por el valor del anticipo recibido.

2. Emisión de la factura electrónica por el valor total de la operación.

3. Emisión de la factura electrónica de tipo "Egreso". 

Para el manejo correcto de un anticipo en CFDI 3.3 podemos ver el caso de uso proporcionado por el SAT:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Documents/Complementoscfdi/Caso_uso_Anticipo.pdf

Aplica para las operaciones que son a crédito, pago en parcialidades, o en su defecto que sea pago en una sola exhibición, pero que la factura se genere antes de recibir el pago.

Es decir, el Complemento de Recepción de Pagos se realizará cuando el pago se realice después de que se hizo la factura

Tu proveedor (vendedor, prestador de servicios, arrendador), tiene la obligación de expedirte la factura electrónica dentro de las 24 horas siguientes a partir de realizada la transacción.

En caso de que tu proveedor emita el comprobante y por cualquier razón no la recibiste, se podrá recuperar a través de la aplicación gratuita del SAT, solo requiere su Contraseña o FIEL.

A través de esta opción, puedes verificar si el comprobante fue certificado por el SAT:

https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/

Si tienes un sistema de gestión propio y eres un desarrollador experimentado puedes utilizar el Web Service que proporciona el SAT para explotarlo y consultarlo desde tu programa de gestión aquí están las especificaciones:

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/cfdi/WS_ConsultaCFDI.pdf


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